¿Qué es la Mediación?
Es un proceso de resolución de conflictos alternativo al procedimiento judicial, en el que el mediador, como persona neutral, intentará que ambas partes lleguen a un acuerdo.
La Ley Orgánica 1/2025, en vigor desde el 3 de abril de 2025
Con el objeto de aliviar la carga de trabajo de los tribunales, esta Ley establece la mediación como un requisito previo antes de interponer una demanda judicial.
Por ello, antes de iniciar un procedimiento judicial, se necesitará acreditar que se ha intentado resolver el conflicto mediante un MASC (Método Alternativo de Resolución de Conflictos).
¿Qué pasa si las partes no se someten a la mediación?
Así, el proceso de mediación permite que las partes en conflicto se comuniquen a través de un tercero imparcial (mediador), que les ayude a alcanzar un acuerdo, facilitando los mecanismos de acercamiento y diálogo para lograr solucionar el problema.
El Ministerio de Justicia, en virtud del RD 980/2013, ha creado el Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación, para facilitar a los ciudadanos el acceso a este medio de solución de controversias.
Nuestro despacho, a través de su titular, se encuentra inscrito en dicho Registro.