Elena Baranda Matamoros Perito Economista
Elena Baranda MatamorosPerito Economista

Cláusulas Suelo,devolución de intereses

 

Mediante la aprobación el R. D. Ley 1/2017, se pretende arbitrar un cauce que facilite el acuerdo entre la entidad bancaria y el cliente, a través de un procedimiento extrajudicial de carácter voluntario para el cliente, previo a la interposición de una demanda judicial.

 

Es decir, que no se cierra la vía judicial, aunque durante el tiempo en que se sustancie la reclamación previa, no se podrá ejercitar ninguna acción judicial.  Y en caso de que se interpusiera una demanda, esta se suspenderá hasta que se resuelva la reclamación previa.

 

El procedimiento será aplicable a los contratos de préstamo garantizados con hipoteca inmobiliaria que incluya una cláusula suelo, cuyo prestatario sea un consumidor persona física.

 

 

¿Cuál es el plazo?

 

Las entidades de crédito tienen un mes para implantar un sistema de reclamación que atienda las peticiones de los clientes, y además deben garantizar que ese sistema de reclamación sea conocido por todos los clientes que tiene cláusula suelo en su préstamo hipotecario.

 

Una vez recibida la reclamación, la entidad de crédito tiene un plazo máximo de 3 meses para  efectuar un  cálculo  que incluya las cantidades que correspondan en concepto de intereses y remitirle una comunicación al cliente. En caso de

considerar que la devolución no es procedente, le comunicará las razones.

 

El cliente deberá manifestar por escrito si está de acuerdo con el cálculo, y en  caso afirmativo se acordará la devolución.

 

¿Cuándo concluye  el procedimiento extrajudicial?

 

1.-Si la entidad de crédito rechaza expresamente la solicitud.

2.-Si finaliza el plazo de tres meses sin comunicación alguna por parte de la entidad de crédito.

3.- Si el consumidor no está de acuerdo con el cálculo de la cantidad a devolver  o rechaza la cantidad ofrecida.

4.-Si transcurrido el plazo de tres meses no se ha puesto a disposición del consumidor de modo efectivo la cantidad ofrecida.

 

 

¿Quién paga las costas del juicio?

 

 

Se impondrá la condena en costas a la entidad bancaria solo si el consumidor rechazase el cálculo de la cantidad a devolver e interpusiera posteriormente demanda judicial en la que obtuviese una sentencia más favorable que la oferta recibida de dicha entidad.

 

Por el contrario  el consumidor pagará las costas si interpusiera una demanda sin haber acudido al procedimiento extrajudicial, y la entidad de crédito se allana antes de la contestación a la demanda. También si  el allanamiento es parcial y se consigna la cantidad a la que se compromete, siempre que la sentencia no sea más favorable que la cantidad consignada (en caso contrario pagará la entidad de crédito).

 

¿Qué pasa con Hacienda?

 

 

Las entidades de crédito comunicarán a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria la información relativa a las devoluciones acordadas.

Y es que las devoluciones pueden generar obligaciones tributarias.

 

Así, si se opta por la devolución del dinero, las cantidades devueltas y los intereses indemnizatorios recibidos, no tributarán. Sin embargo habrá que regularizar  las cantidades a las que se aplicó deducción por inversión en vivienda habitual, por rendimientos de actividades económicas o las que se consideraron gasto en viviendas de las que se obtienen ingresos por su alquiler. Aunque solo de los ejercicios que no han prescrito, teniendo en cuenta que el ejercicio 2012 prescribe en junio de 2017.

 

En caso de que se opte por la amortización de préstamo, no habrá que hacer ninguna regularización.

 

 

Contactar y concertar una cita

Dirección

 

PERICIAL Y EMPRESARIAL S.L.

ELENA BARANDA MATAMOROS

 

*Avda. Mar Mediterráneo 160,2ºC

28341 Valdemoro (MADRID)

 

*Prolong. de la Granja 11

45224 Seseña Nuevo (TOLEDO)

 

Teléfono

 

Fijo :+34 911 747 002

Móvil:     629 885 065

Fax:       911 747 002

 

Correo electrónico

 

info@peritoeconomista.es

 

O bien utilice nuestro formulario

Publicaciones

Amplie sus conocimientos sobre algunos temas

 

Conozca nuestras publicaciones, quizás le resuelva alguna duda o simplemente le aporte algún conocimiento nuevo, sobre temas actuales:

* El informe pericial

* Concurso de acreedores

* Hipotecas Multidivisa ...

 

Información de interés

 

 

Versión para imprimir | Mapa del sitio
© ELENA BARANDA MATAMOROS

Página web creada con IONOS Mi Web.