El Dictamen de Peritos es uno de los medios de prueba de mayor relevancia, y por ello es frecuente su utilización para realizar un estudio en profundidad sobre hechos que escapan a los conocimientos del Juzgador. Además aporta una mayor agilidad y rapidez en los procesos judiciales.
Por regla general, son las partes las que designan a los peritos, y aportan sus Dictámenes acompañando a los escritos de demanda o contestación. Además deberán manifestar si se quiere que los peritos comparezcan en el juicio.
La aportación en los escritos iniciales permite identificar los intereses y pretensiones de cada una de las partes. El problema es que a veces dos pruebas periciales sobre una misma materia son muy contradictorias y eso dificulta la decisión judicial.
Es por ello que también puede ser el Juez quien, previa solicitud de las partes, designe a los peritos, como consecuencia de las alegaciones complementarias formuladas por las partes en la audiencia previa del juicio ordinario o en la vista al juicio verbal
Designación del Perito
Hay opiniones a favor de la designación judicial del perito, por considerar que será más imparcial. Sin embargo, hay que tener en cuenta que se trata de profesionales, con unos conocimientos específicos que les permiten que un tribunal admita sus manifestaciones, y que además están obligados a decir verdad bajo sanción penal, en el caso de incumplir con sus deberes.
Por tanto no debería existir ninguna diferencia en el dictamen emitido por el perito, tanto si es designado judicialmente como de parte.
Otra cosa es cuando el perito judicial se nombra para analizar los dictámenes periciales presentados por ambas partes, y que resultan contradictorios, pues parece que existe un ánimo judicial a considerar mas objetivas las pruebas del perito judicial.
En cualquier caso el perito tendrá que ratificar su informe y defenderlo sometiéndose a las preguntas de la otra parte.
De manera que además de contar con sus conocimientos, debe ser capaz de expresarlos bien en la sala.
¿Qué supone el Dictamen Pericial para el Juez?
Un Juez no puede saber de todo, sin embargo un buen informe pericial puede ayudarle a juzgar correctamente.
La prueba pericial económica, si está bien elaborada y se presenta de forma sólida, juega un papel fundamental en los procedimientos judiciales.
Es un elemento de decisión clave, pues no hay que olvidar que en muchos casos el juzgador no conoce en profundidad la materia que tiene que juzgar, y necesita el informe de un técnico que le pueda ayudar.
Los peritos en sus dictámenes, exponen opiniones profesionales pero que no son vinculantes para el Juez, si bien constituyen un elemento importante, pues el resultado de la prueba adquiere en muchos casos una importancia decisiva en el acto de emitir sentencia, permitiendo al juzgador conocer exactamente lo que ha ocurrido.
Al experto le corresponde la apreciación del hecho, pero no debe sacar conclusiones sobre el interés del litigio o sobre la culpabilidad del reo. Es el Juez quien decide.
No obstante, hay ocasiones en las que el Juez pide al experto que concrete la existencia o inexistencia de delito, de manera que el perito no emite un juicio sino que expone una evidencia.
¿Cómo debe ser el Dictamen Pericial?
La fuerza de un Dictamen Pericial reside en su mayor o menor fundamentación pero además el Juez debe entender el Dictamen, de lo contrario será difícil que pueda juzgar correctamente.
Puesto que el perito dictamina sobre hechos que habrán de ser luego apreciados por el Juez, es importante que el lenguaje sea entendible, obviando tecnicismos propios de un lenguaje especializado, de manera que la exposición resulte clara y con frases concisas que ayuden a la comprensión de lo escrito.
Por tanto un buen informe se caracteriza por su claridad e inteligibilidad, y además de una exposición lógica y coherente, debe tener una extensión adecuada.
Debe tener una presentación visiblemente agradable y el resumen debe ser conciso y detallado. Si un informe es demasiado técnico, no será claro y por tanto será difícil de entender por alguien ajeno a la materia. Lo mismo ocurre si es demasiado extenso o repetitivo.
Además, en el caso de las periciales contables y económico-financieras, puesto que contienen cifras, resultará necesaria su exactitud aritmética. Siendo esa exactitud la que reforzará el valor de la prueba.
Por último, es importante que la evidencia que obtenga el perito, no sea incompleta, para lo cual deberá verificarse al cien por cien la documentación. De lo contrario solo obtendremos un porcentaje de la veracidad de la prueba.
Los aspectos importantes de un buen informe podríamos resumirlos de la siguiente manera:
De esta manera se conseguirá que las pruebas que aporte el Dictamen Pericial sean concluyentes y evidentes.
Ratificación del Informe en la Vista Oral
En la ratificación del informe es importante la imparcialidad y objetividad, la profesionalidad en el dominio del tema, la claridad expositiva, que el lenguaje no sea incomprensible por los tecnicismos empleados, la predisposición a aportar aclaraciones y las exposiciones concisas y no muy extensas, con precisión en las respuestas y seguridad en la exposición.
Relación entre el Perito y el Abogado
El abogado busca que las conclusiones del perito respalden su estrategia procesal.
Esto no debe confundirse con la pérdida de objetividad e independencia del perito, pues es importante que las cuestiones que aborde el perito en su informe sean trasladadas correctamente a los escritos de demanda o de contestación, sin que se produzcan contradicciones entre la labor del perito y la del abogado.
El perito no solo aporta un informe, sino que puede asesorar o hacer sugerencias técnicas sobre el enfoque económico del litigio.
¿En qué casos se aporta un Informe Pericial contable o económico-financiero?
Se precisará de una Pericial Contable o Económica siempre que se quiera demostrar un daño económico por el incumplimiento de un contrato, y calcular una cantidad como indemnización por dicho incumplimiento.
También será conveniente realizar la prueba pericial contable para esclarecer delitos de enriquecimiento a costa de patrimonio ajeno (hurto, defraudaciones como la estafa o la apropiación indebida, delitos societarios, delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social,…).
Además se utilizará en el ámbito de la jurisdicción laboral, siendo de destacar aquí la emisión de periciales para justificar los despidos objetivos por causas económicas.
Elena Baranda Matamoros
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