- Posibilidad de constitución en 48 horas por medios telemáticos.
- La Razón Social será el nombre y apellidos de uno de los Socios Fundadores seguido del
código de identificación ID-CIRCE.
- El Capital Social mínimo será de 3000€ y el máximo de 120.000€, y el mínimo solo podrá
efectuarse con aportaciones dinerarias.
- El número máximo de socios es de 5.
- Para ser Administrador, necesariamente deberá ser socio.
- No es necesario el Libro registro de Socios.
- Posibilidad de abrir una Cuenta Ahorro Empresa, cuyos fondos se destinarán a la
constitución de la Empresa, con una deducción en el IRPF del 15%, como en la cuenta vivienda, y con un límite de 9000€ y un plazo máximo de 4 años.
- Aplazamiento del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados,
durante un año.
- Aplazamiento del pago del Impuesto de Sociedades durante los dos primeros ejercicios, así
como de los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto de Sociedades.
- Aplazamiento o fraccionamiento en el pago de las retenciones por IRPF durante el primer
año.
- Todos los aplazamientos o fraccionamientos de pago tendrán sus correspondientes intereses
de demora.
- No pueden incluirse aquí las Sociedades Patrimoniales.
Elena Baranda
Matamoros
www.peritoeconomista.es